Interacción en línea en una cultura post-pandémica

by John Litzler on May 6, 2020 in Es Relaunch

Al tantas versiones diferentes de órdenes de permanecer en casa tener efecto alrededor del mundo, las iglesias no han podido adorar juntos en persona. Afortunadamente, vivimos en una era donde la tecnología ha hecho posible las reuniones virtuales para iglesias de todos tamaños y en todos lugares. Muchas iglesias graban de antemano o transmiten en vivo sus servicios en páginas de redes sociales, las páginas web de sus iglesias, y otras plataformas en línea. Durante el fin de semana de Resurrección solamente, un movimiento evangelístico llamado PULSO y la plataforma de la Red Abierta de Life.Church informaron más de 200,00 profesiones de fe en Cristo en el internet sin contacto en-persona.  Una iglesia donde prediqué, que tiene alrededor de 100 miembros y su asistencia semanal promedio es de 40 a 50 para el servicio de adoración en persona, tuvo más de 500 artefactos electrónicos transmitiendo su servicio en vivo durante un domingo del mes pasado. La iglesia Harvest Christian Fellowship, una mega iglesia con base en California que tiene más de 15,000 miembros dispersos en cinco recintos diferentes informó que más de 230,000 artefactos electrónicos transmitieron en vivo su servicio del 15 de marzo (el primer domingo cuando la iglesia cesó sus servicios en persona).  

Aunque la adoración en línea tiene limitaciones, muchas iglesias creen que la capacidad para interactuar con una cultura moderna a través de servicios de adoración y estudios bíblicos virtuales no puede ser ignorada. Aun cuando se van relajando las restricciones para las reuniones en persona en estados como Texas, miles de iglesias están decidiendo el "si" y el "cómo" continuar interactuando en línea aun después de volver a abrir las puertas de sus edificios. Al considerar cómo será la interacción en línea para sus respectivas iglesias, es importante considerar asuntos concernientes con la privacidad y los derechos de propiedad intelectual.

Privacidad

Actualmente, muchas iglesias están transmitiendo en vivo y grabando en un santuario relativamente vacío. Al momento de la grabación o transmisión en vivo, puede que solamente esté el pastor, el líder de adoración o un equipo y un líder de tecnología o equipo en el lugar. Algunos pueden estar grabando o transmitiendo desde sus hogares sin usar el edificio de la iglesia para nada. Sin embargo, al reanudar las reuniones en persona, esas iglesias que continúan grabando y transmitiendo sus servicios de adoración deben estar conscientes de asuntos respecto a la privacidad de los miembros de la congregación. Cuando las personas aparecen en público, renuncian a muchos de sus derechos a la privacidad.   

Sin embargo, aun al asistir a un servicio de adoración que esté abierto al público, las personas pueden tener ciertas expectativas razonables de privacidad. Un llamado al altar es un ejemplo de cuando alguien puede retener una expectativa de privacidad a pesar de estar en público.

Como sociedad, protegemos particularmente los derechos de privacidad de los niños. Como resultado, los asuntos de privacidad se intensifican cuando se trata de menores. Las iglesias que graban o transmiten sus servicios en vivo deben considerar tomar los pasos siguientes respecto a la privacidad de los miembros de la iglesia.

  1. Obtenga un consentimiento informado. Aunque no es práctico obtener un consentimiento escrito en cada situación, hay algunas situaciones cuando el consentimiento escrito es razonable. Sin embargo, la clave para las iglesias es el consentimiento "informado". Considere colocar rótulos a la entrada del santuario que notifican a los congregantes que el servicio está siendo grabado. Recuérdeles a los líderes de adoración, el coro, los músicos, etc. que están siendo transmitidos. Los líderes de la iglesia con frecuencia se reúnen con personas antes de la dedicación de un bebé o un bautismo. Esta reunión es un buen momento para recordarles que la iglesia por lo regular graba o transmite en vivo el servicio y obtener permiso antes de hacerlo.
  2. Si transmitir en vivo o grabar los servicios es nuevo para su iglesia, haga el esfuerzo por comunicar el hecho durante las primera semanas. Pastores y el personal ministerial deben considerar hacer el anuncio en un momento conveniente durante el servicio—"si nos están viendo desde casa o en las redes sociales…"—al principio del servicio, durante un tiempo de saludos o durante los anuncios. Considere el efecto que el conocimiento de estar frente a las cámaras puede tener con la experiencia de adoración y balancéelo con el deseo de permitir que los que no están físicamente en el edificio participen en el servicio de adoración.   
  3. Entienda que no todos desean o pueden consentir. Por ejemplo, por razones de seguridad, niños en hogares de crianza (foster homes) no pueden aparecer en redes sociales. La iglesia necesita estar consciente de que un padre de crianza no puede consentir que un niño de crianza sea parte del coro de niños o el sermón de niños si esto requiere que la cara del niño aparezca en las redes sociales. Otro ejemplo es una víctima de abuso doméstico que no desea que su cónyuge actual o pasado conozca su localización. Las iglesias deben considerar planes de contingencia para estas situaciones incluyendo no transmitir la porción del servicio de adoración donde los niños estén frente a la cámara y/o proveer una sección para sentarse que nunca aparece cuando las cámaras enfocan sobre los congregantes durante la adoración.  

Derechos de autor

El derecho de autor es una forma de propiedad intelectual que permite que el creador de una obra creativa tenga el derecho exclusivo de reproducir, desplegar, redistribuir, y hacer derivados de la obra creativa ("reproducir") y controlar la expresión de la idea que la obra comunica. El derecho de autor es automáticamente otorgado al creador del contenido y no tiene que estar registrado para que el creador tenga el derecho exclusivo a reproducir la obra o el trabajo. Sin embargo, el creador de la obra creativa puede vender o ceder el derecho de autor a otra persona o empresa.  La violación de los derechos de autor es el acto de alguien, además del creador, de reproducir la obra creativa sin el permiso del creador. Como el creador de la obra, las iglesias (o a veces el pastor bajo un acuerdo de propiedad intelectual) ya tienen el derecho de autor de los sermones, anuncios, oraciones, y otros elementos de los servicios de adoración. Como resultado, los asuntos de derechos de autor de la iglesia principalmente incluyen la reproducción de música, letra, videos, e imágenes.

Entender el dominio público: Ciertas obras creativas que una iglesia desee usar como parte de un servicio de adoración no pertenecen a nadie. Algunas obras creativas no tienen que estar protegidas por los derechos de autor, o el derecho de autor de cierta música, letra, videos, e imágenes puede haber expirado. Determinar la expiración de los derechos de autor puede ser complicado, pero por lo general los derechos de autor han expirado para una obra creativa creada antes del 1923. Además, la protección de derechos de autor para toda obra creada después del 1 de enero del 1978, por lo general dura durante la vida del creador más 70 años adicionales. Para obras creativas creadas entre 1923 y 1978, la expiración de los derechos de autor depende de varios factores. "En el Monte Calvario", "Santo, Santo, Santo", "Tal como soy", y "Al mundo paz nació Jesús" son ejemplos de cientos de himnos creados antes del 1923 que no están sujetos a protección de derechos de autor. La música y la letra para estos himnos puede ser reproducidas sin riesgo de violar los derechos de propiedad intelectual.    

Entender las licencias o permisos: Una licencia o autorización es un permiso de parte del dueño de los derechos de propiedad intelectual para reproducir la obra creativa. Una fuente común para las iglesias obtener una licencia o permiso para música y letra es Christian Copyright Licensing International (CCLI). De igual manera, Church Video Licensing International (CVLI) provee una fuente similar de autorización o permiso para videos. Shutterstock es un ejemplo de autorización fotográfica donde una subscripción mensual da acceso al usuario a miles de fotos en inventario. One License y Christian Copyright Solutions (CCS) son otras opciones populares de compañías que proveen permisos para las iglesias.

Spotify y Netflix son ejemplos de autorización para música y video personal. Las subscripciones a estos servicios permiten que un individuo toque una canción o vea una película en su casa o en un artefacto electrónico personal. Es importante observar que estas licencias o permisos son menos costosos en contextos de grupos. Por ejemplo, al presentar una película de Netflix en un evento de la iglesia para un grupo de jóvenes proyectando en una "pantalla grande" se corre el riesgo de violar la protección de derechos de autor con una subscripción personal a Netflix. De igual manera, el permiso incluido con la compra de un DVD es para uso personal y no para presentaciones públicas. Una licencia o permiso de CVLI, sin embargo, puede incluir permiso para mostrar una película en Netflix o un DVD a un grupo en público. Los permisos o licencias tienen limitaciones. A continuación, hay tres cosas importantes que las iglesias deben recordar al continuar interactuando en línea usando la reproducción de contenido protegido por derechos de autor: 

  1. Las licencias o permisos no incluyen permiso para usar toda música, letra, o video, e imagen. Aunque la mayoría de los permisos para videos y música tienen una base de datos de títulos extensa, puede que la base de datos que no cubra todas las canciones o películas que a la iglesia le gustaría usar. Una iglesia debe asegurarse de que su permiso cubre una canción o un video que desea usar antes de reproducirlo.
  2. No todos los permisos permiten "transmisión por internet". Hay una diferencia entre un permiso estándar que permite que la iglesia reproduzca música y letra y un permiso para transmisión por internet. Bajo un permiso estándar, las iglesias pueden proyectar la letra de las canciones en una pantalla. Sin embargo, se requiere un permiso para transmisión por internet para cantar una canción en plataformas de redes sociales como Facebook Live o YouTube. Aun sin permisos para transmitir por internet, puede haber diferentes categorías y costo. Por ejemplo, un permiso para transmitir por internet que permite grabación para que permanezca después de que el servicio de adoración haya concluido será más costoso que un permiso para transmitir por internet donde la obra reproducida es removida de la página web al concluir el servicio de adoración. 
  3. El costo de un permiso para una iglesia (sea un evento de una sola vez o una subscripción) con frecuencia aumenta con el tamaño de la congregación o audiencia. Esto es cierto de otros permisos también. Es por esto por lo que un individuo paga menos por ver una película o evento deportivo en casa que en lo que un cine o bar de deportes paga para ofrecer la misma película a cientos de personas. Como mencionado anteriormente, la orden de permanecer en los hogares ha causado una explosión en la interacción en línea con iglesias por todo el mundo. A pesar de que una iglesia pudo tener un promedio de 100 congregantes para sus servicios de adoración en persona durante enero y febrero, esa misma iglesia puede tener una audiencia de más de 500 para la adoración grabada o transmitida en vivo por internet. El que las iglesias estén alcanzando grandes números de personas es maravilloso, pero según aumenta la audiencia, también el costo del permiso. Las iglesias deben continuar monitoreando el tamaño de su audiencia en línea después de reanudar las reuniones en persona para determinar si necesitan un permiso para una audiencia más grande.   

A más amplio e inclusivo es el permiso, será más costoso de obtener. Las iglesias deben evaluar sus antojos y necesidades respecto a la interacción en línea y balancearlos con el costo del permiso que ese tipo de interacción requiere. Además de cualquier acuerdo de autorización, las páginas web de redes sociales (Facebook, YouTube, etc.) con frecuencia tienen sus propias reglas y requisitos para transmisiones en vivo y grabadas y las iglesias deben familiarizarse con los términos y condiciones de estas páginas web antes de utilizarlas.

Entender el uso justo: El uso justo es uno de los conceptos más malinterpretados en la ley de protección de derechos de autor. La disponibilidad de un video en YouTube o de una foto al buscar en Google no da derecho a la iglesia de bajar, copiar, retransmitir, o grabar la obra creativa. Ni una obra creativa es automáticamente considerada como uso justo simplemente porque sea usada por una iglesia o en un contexto educacional. La determinación de si el uso de una obra protegida por derechos de autor constituye uso justo incluye los cuatro factores siguientes: 1) el propósito y carácter del uso; 2) la naturaleza de la obra protegida por derechos de autor; 3) la cantidad y lo sustancial de la porción tomada; y 4) el efecto del uso sobre el mercado en potencia.   

Determinar el uso justo y, en algunos casos, el dominio público puede ser complicado. Obtener un permiso es una manera mucho más segura para que una iglesia evite violar los derechos de autor del dueño de una propiedad intelectual. Si una iglesia tiene preguntas acerca de dominio público, permisos, o uso justo, debe comunicarse con un abogado que tenga experiencia con la ley de protección de derechos de autor (y experiencia ayudando a las iglesias es preferible).

Evitar violar la protección de los derechos de autor es una obligación moral y ética, pero también es una obligación legal. Sitios de redes sociales como YouTube y Facebook están tomando medidas respecto a la violación de contenido. Como mínimo, la violación de contenido será silenciado o removido. Esto puede causar gran frustración a una iglesia que se haya esforzado en gran manera para grabar una transmisión o que su transmisión en vivo sea interrumpida a mitad de servicio. Si el creador del contenido se entera de la violación, sin embargo, las consecuencias pueden ser mayores. Un creador que descubre que una iglesia está usando su obra creativa sin permiso puede enviar una carta de cese y desista o una carta de demanda. Ignorar tal carta puede resultar en una demanda o litigio, aun si el contenido desde entonces ha sido removido. A veces hay una demora entre cuando ocurre la violación y cuando es descubierta. Sin embargo, programas de computadoras examinan el internet buscando identificar violaciones y con frecuencia alertan al abogado del que tiene el permiso de protección de derechos de autor automáticamente cuando se descubre una violación.  

En el pasado, esto hubiera sido un tema que algunas iglesias preferirían ignorar. Sin embargo, en mi experiencia personal, ha habido un aumento en cartas de cese y desista y demandas en contra de iglesias por violación a los derechos de autor. Si una iglesia ha violado contenido en línea, ahora es el tiempo de removerlo. Por ejemplo, una foto protegida en una página web de una iglesia la cual incluye una foto en un boletín, guía de estudio, notas del sermón, etc. (Éstas están siendo subidas en páginas web de iglesias cada vez más para que los miembros de la iglesia se mantengan interesados con el contenido) debe ser removida inmediatamente.  

El abogado John Litzler dirige la división de ley de la iglesia de Ministerios Cristianos Unidos en San Antonio. También sirve como consultante legal para la Convención Bautista General de Texas (BGCT) para ayudar a las iglesias Bautistas de Texas a entender diversos asuntos legales.

Descargo de responsabilidad: Este artículo provee información general y un entendimiento general de la ley y no constituye consejo legal en específico. Al usar la página web de los Bautistas de Texas, usted entiende que no hay relación abogado/cliente entre usted/su iglesia y el autor o entre usted/su iglesia y la Convención Bautista General de Texas (BGCT). Este artículo no debe ser usado como sustituto para consejo legal competente de parte de un abogado profesional licenciado en su estado con los detalles específicos de su situación.

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